Es requisito indispensable, para solicitar el alta como Colegiado, estar en posesión del título de Ingeniero Industrial o Master en Ingeniería Industrial reconocido por el estado o título extranjero de Ingeniero Superior homologado o reconocido oficialmente a efectos profesionales por el Estado Español al de Ingeniero Industrial.
La Ley de Colegios Profesionales establece que quien ostente la titulación requerida y reúna las condiciones señaladas estatutariamente tendrá derecho a ser admitido en el Colegio Profesional que corresponda siendo requisito indispensable para el ejercicio de las profesiones hallarse incorporado al Colegio Profesional correspondiente cuando así lo establezca la Ley estatal. Nuestra profesión se organiza por colegios territoriales, por lo que será suficiente la incorporación a uno solo de ellos, el del domicilio profesional único o principal, para ejercer en todo el territorio español.
A continuación se muestran los documentos para entregar por vía telemática:
Si has obtenido el título fuera de España: copia compulsada electrónicamente de homologación del título y documentos en los que se referencien las asignaturas estudiadas.
En caso de tener el justificante original de estar en posesión del título de Ingeniero Industrial, pero no firmado electrónicamente por la Escuela de Ingenieros, también se puede validar éste en las Delegaciones del Colegio (A Coruña y Vigo).